Resumen | |
[J] | Es discriminatorio por razón de sexo el sistema de retribución variable que excluye al colectivo de trabajadores que disfruten del permiso de paternidad, al desincentivar el reparto equilibrado de cargas familiares. Banco Sabadell.(publicado en Actualidad Diaria 4319 el 27 de noviembre de 2020) |
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La sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 18 de diciembre de 2018 estimó íntegramente la demanda de conflicto colectivo formulada por el Sindicato de Cuadros Grupo Banco Sabadell, a la que se adhirieron el resto de sindicatos inicialmente demandados, contra la entidad BANCO DE SABADELL, SA, que fue condenado a estar y pasar por la declaración según la que la actual redacción del Reglamento Valora, en lo relativo al devengo del objetivo trimestral en permisos de paternidad vulnera lo previsto en el artículo 14 CE y en la LO 3/2007, condenando, también, a la referida entidad a incluir dentro del sistema de retribución variable al colectivo de trabajadores que disfruten del permiso de paternidad desde el primer día de su disfrute, reconociendo su derecho a percibir esta retribución variable en base al cumplimiento obtenido según el sistema ordinario de retribución vigente, proporcionalmente al tiempo efectivamente trabajado, y ajustando el target y los objetivos, con lo demás procedente con arreglo a derecho. El Supremo desestima el recurso de la empresa. | |
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