Resumen | |
[J] | Incompetencia por falta de jurisdicción: delito de conspiración para detención ilegal en España, que se consuma en el extranjero.(publicado en Actualidad Diaria 4475 el 1 de septiembre de 2021) |
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Tesis de la Audiencia: en aplicación del principio de consunción, la detención ilegal consumada en el extranjero absorbe a la conspiración que se idea en España y todo ello habrá de juzgarse en el país extranjero de consumación. Recurso del M.F. y una acusación particular, que se estima por los siguientes motivos:i) Incorrección de acudir a un principio de derecho penal sustantivo para dar respuesta a una cuestión procesal, olvidando que cada hecho tiene sustantividad propia y no se explica razón alguna por la que no se puedan enjuiciar por separado, no obstante los criterios de conexidad del art. 17 LECrim; ii) incorrección de poner la atención en calificaciones jurídicas y no en los hechos, cuando el objeto del proceso penal son éstos; iii) error en la consideración como inocuos los actos desplegados en España al desconectarlos de su fin (desconocimiento de la doctrina de los actos neutrales); iv) indebida inaplicación del art. 23.2 LOPJ, y principio de personalidad pasiva, siendo las víctimas españolas; v) abierto juicio oral por delito de estafa, no se hace mención alguna al mismo, cuando pudo ser fundamental como punto de conexión para fijar la competencia de los tribunales españoles. | |
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