Resumen | |
[J] | Prestación a favor de familiares. Ingresos superiores al salario mínimo interprofesional. Procede deducir la hipoteca de la hija, cuyo cómputo comportaría que el obligado al deber de alimentos no pueda satisfacer a su alimentista.(publicado en Actualidad Diaria 4709 el 19 de septiembre de 2022) |
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Son dos las cuestiones, que debemos resolver en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina: a. Si cabe descontar de los ingresos netos, percibidos por la hija de la demandante, los gastos de hipoteca, a los efectos de fijar el nivel de ingresos computables para determinar la existencia de la obligación de prestar alimentos entre familiares. b. Si deben o no deben computarse, a los mismos efectos, la pensión de alimentos, abonada al nieto de la demandante por su padre, separado de la hija de la actora. | |
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