Resumen | |
[J] | Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. Consulado de España en la República Dominicana. Diferencias salariales por realización de tareas de superior categoría. Plazo de prescripción para reclamar las diferencias salariales por realización de tareas de superior categoría. Siendo pacífico que se aplica la legislación dominicana, debe aplicarse igualmente el plazo de prescripción de acciones establecido en dicha legislación.(publicado en Actualidad Diaria 4521 el 10 de marzo de 2023) |
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La cuestión que se plantea en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina es si, no discutiéndose que resulta aplicable la legislación de la República Dominicana para la determinación de la normativa aplicable por realización de tareas de superior categoría, dicha legislación debe aplicarse igualmente para el plazo de prescripción de la acción encaminada a reclamar las correspondientes diferencias salariales. La trabajadora -parte recurrida en el actual recurso de casación unificadora- presta servicios para el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación en el Consulado de España en Santo Domingo con la categoría de subalterno. Su contrato de trabajo establece que le será de aplicación el régimen laboral establecido por la legislación de la República Dominicana, además de la resolución y normas que se mencionan en el hecho probado tercero. El Supremo desestima el recurso del Ministerio. | |
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