Resumen | |
[J] | Innecesariedad de la celebración de vista, interesada por una de las partes recurrentes.(publicado en Actualidad Diaria 4526 el 17 de marzo de 2023) |
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Delito de falsedad en documento mercantil cometido por particulares. Delito de estafa: inexistencia de engaño. Delito de falsedad en las cuentas anuales (artículo 290 del Código Penal) y de falseamiento en la información económica y financiera (artículo 282 bis). Alzamiento de bienes. Formas de participación: cooperación necesaria o complicidad. Aplicación del artículo 65.3 del Código Penal. Participación del extraneus en un delito especial, la regla general será reducir la pena prevista para el delito en un grado. Responsabilidad penal de las personas jurídicas: es indispensable que los delitos se cometan en nombre o por cuenta de las mismas y en su beneficio directo o indirecto. Con relación a una de las personas jurídicas recurrentes, la existencia del beneficio fluye con naturalidad del relato de hechos probados. No, en el caso de las otras, cuyo recurso se estima. Atenuantes de confesión y reparación del daño. Estado de necesidad: no se aprecia en supuestos de crisis empresariales. Dilaciones indebidas: siete años de duración de un procedimiento complejo, se aprecia en su modalidad de atenuante simple: Es obligado sobreponerse a la inercia de recopilar en la fase de instrucción la totalidad de las fuentes de información que pudieran resultar imaginables, anticipando, en realidad, la práctica de todas aquéllas que, ya como pruebas en sentido propio, habrán de llevarse a término en el acto del juicio oral. Responsabilidad penal del auditor: exigencia de que se acredite una conducta dolosa y no el mero descuido, falta de atención o negligencia, incluso grosera, en el cumplimiento de sus obligaciones. Decomiso: se trata de una posible consecuencia del delito, desvinculada de cuestiones relativas a la responsabilidad civil. Validez de la fiscalización de correos corporativos. El derecho a la intimidad o a la autodeterminación informativa. Expectativa legitima de privacidad. | |
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