Resumen | |
[J] | Subsidio de Desempleo; extinción del derecho por salida al extranjero y carga de la prueba de duración (mas o menos de 15 días) del beneficiario, que no comunica ni autoriza el SEPE. Hechos posteriores al RDL 11 /2013. Reintegro de prestaciones indebidas.(publicado en Actualidad Diaria 4808 el 2 de julio de 2024) |
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La cuestión suscitada en el recurso de casación para la unificación de doctrina se centra en determinar si procede sancionar con la extinción del subsidio por desempleo a quién ha salido del territorio nacional sin que conste la duración de la estancia y sin comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), así como las consecuencias de dicha falta de prueba. La parte actora ha formulado dicho recurso contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana, de 29 de marzo de 2022, rec. 3078/2022, que, estimando el interpuesto por la parte demandada, revoca la dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Castellón (autos 485/2020), sobre prestación por desempleo, y desestima la demanda interpuesta por D. Teodosio contra el SEPE. El Supremo desestima el recurso. | |
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