Resumen | |
[J] | Gastos Médicos en clínicas privadas. Exclusión total de reembolso por tratamiento en el extranjero. Un régimen de autorización previa o el diseño de baremos de reembolso serían más respetuosos con los principios del Derecho comunitario(publicado en Actualidad Diaria 979 el 19 de abril de 2007) |
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El Sr. Dimitrios Stamatelakis, residente en Grecia, estaba afiliado al Organismos Asfaliseos Eleftheron Epangelmation (Organismo Asegurador de los Profesionales Liberales), entidad que sustituyó al Tameio Asfalisesos Emboron (Caja Aseguradora de los Comerciantes). Estuvo ingresado en dos ocasiones en 1998 en la clínica privada London Bridge Hospital, en el Reino Unido y abonó 13.600 GBP en pago del tratamiento. El mencionado organismo se negó a rembolsar dichos gastos, alegando que, de acuerdo con la normativa griega, los gastos de tratamiento en clínicas privadas extranjeras no son reembolsables, salvo en el caso de niños menores de catorce años.Tras fallecer el demandante, su viuda y heredera, la Sra. Aikaterini Stamatelaki
interpuso un recurso ante el Dioikitiko Protodikeio Athinon, tribunal que ha
preguntado al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas si la normativa
griega es conforme con los principios del Tratado en materia de libre prestación
de servicios. | |
Información relacionada | |
[J] Seguridad Social – Sistema sanitario nacional financiado por el Estado – Gastos médicos incurridos en otro Estado miembro – Artículos 48 CE a 50 CE y 152 CE, apartado 5 – Artículo 22 del Reglamento (CEE) nº 1408/71 | |
[J] Condenada la Seguridad Social española a pagar los gastos del tratamiento médico que recibió en Suiza una ciudadana alemana que residía legalmente en España. | |
[J] Desestimado la pretensión del beneficiario de la seguridad social sobre reclamación de gastos médicos ocasionados fuera de la cobertura del régimen aseguratorio público, ya que la paciente estuvo correctamente atendida. | |
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